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LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN
Diplomado en Docencia Universitaria
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO PEDAGÓGICO DE MIRANDA
JOSÉ MANUEL SISO MARTÍNEZ
Facilitador:
Lic. Víctor Belisario
Presentación
Introducción
Análisis de los Artículos del 1° al 6°
Agenda
Análisis de los Artículos del 7° al 12°
Análisis de los Artículos del 13° al 18°
Análisis de los Artículos del 19° al 22°
Análisis de los Artículos 37° y 38°
Análisis de los Artículos del 39° al 45°
Conclusiones
La Ley Orgánica de Educación
1492
La LOE de 2009 consta de 50 artículos y es una ley marco, de principios y valores rectores que se desarrollarán con
mayor precisión en leyes especiales. La LOE de 1980 consta de 144 artículos, es más extensa porque en ésta se
determina la orientación, planificación y organización del sistema educativo y norma el funcionamiento de los
servicios.
Antecedentes Cronológicos
Etapa Aborigen (1492-1545):
La enseñanza es practicada
desde la cotidianidad de la
población en lo productivo y en lo
religioso.
Etapa Colonial (1546-1810):
La enseñanza es practicada
desde la fundación de los
primeros colegios y universidades
producto de la cultura europea.
Etapa Emancipadora (1811-
1830):
La enseñanza recibe los embates
de las guerras de independencia,
por lo cual para la primera mitad
del siglo XIX se observa un
estancamiento considerable
Etapa Liberal (1831-1899):
La enseñanza es practicada a partir
de ideas liberales. En 1870 Guzmán
Blanco concibe a la Educación como
la piedra angular para el
desarrollo del país. (En 1897 se
promulga el código de educación)
Etapa Renovación Educativa
(1900-1939):
La enseñanza se concibe como un
derecho y un deber. El currículo
es mejorado y por ende los
planes y programas.
Etapa Modernización (1940-2012):
1840: Reforma del código de
educación y se promulga la primera
Ley de Educación.
1948: Estructura dos ciclos de
educación media.
1955: Reforma a la Ley (Marcos P.).
1980: Principios y líneas generales.
2009: Derechos, garantías y deberes.
1546
1830
1900
1940
2012
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 1° al 6°
Objeto de la Ley
Artículo 1°: Desarrollar principios, valores
rectores, derechos, garantías y deberes en
educación que asume el estado como
función indeclinable y de máximo interés.
Ámbito de aplicación
Artículo 2°: Se aplica a la sociedad, a las
personas naturales y jurídicas, instituciones y
centros educativos oficiales dependientes
del Ejecutivo Nacional, Estadal y Municipal
así como a las instituciones educativas
privadas.
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 1° al 6°
Principios y valores rectores de la educación
Artículo 3°: Establece los principios de la
educación.
 Democracia participativa y protagónica.
 Responsabilidad social.
 Igualdad entre ciudadanos y ciudadanas.
 Formación para la independencia.
 Libertad y emancipación.
 Valoración de la Defensa y la soberanía.
 Formación cultural para la paz.
 Justicia Social.
 Respeto a los derechos humanos.
 Práctica de la equidad y la inclusión.
 Sustentabilidad del desarrollo.
 Derecho a la igualdad de género.
 Fortalecimiento de identidad, lealtad e
integración.
Educación y Cultura
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 1° al 6°
El Estado La Educación
como proceso
esencial
Valores
culturales de
Venezolanidad
Artículo 4°: Valora la educación como derecho humano y deber social
fundamental orientada al desarrollo del potencial creativo de cada ser humano
como eje principal en la creación, transmisión y reproducción de las diversas
manifestaciones y valores culturales.
Asume
Promover, fortalecer
y difundir
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 1° al 6°
El Estado Docente
El Estado Docente es un concepto propuesto en su momento por
Luis Beltrán Prieto Figueroa en el año 1948.
Artículo 5°: Este artículo describe a el Estado Docente como:
1. La expresión rectora del Estado en Educación.
• En las instituciones educativas del Estado y en las
privadas autorizadas, garantiza la idoneidad de
los trabajadores y trabajadoras, la infraestructura,
la dotación y equipamiento, planes, programas y
actividades.
2. El ente que se rige por los principios de integralidad,
cooperación, solidaridad, concurrencia y
corresponsabilidad (con las familias, la comunidad
educativa y las organizaciones comunitarias).
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 1° al 6°
Competencias del Estado Docente
Artículo 6°: El Estado, a través de los órganos nacionales con competencia en materia educativa,
ejercerá rectoría en el Sistema Educativo.
Competencias
del Estado
Docente
Garantiza
Regula,
supervisa
y controla
Planifica, ejecuta,
coordina
Promueve, integra y facilita la
participación social
Promueve la integración
cultural y educativa regional
y universal
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 1° al 6°
 El derecho a una educación integral, permanente,
continua y de calidad.
 La gratuidad de la educación.
 Acceso al sistema educativo a las personas con
necesidades educativas o discapacidad.
 Servicios de orientación, salud integral, deporte,
recreación, etc.
 Uso del idioma castellano la modalidad bilingüe
indígena.
 Condiciones laborales dignas.
 Respeto y honores obligatorios a los símbolos
patrios y la memoria de Simón Bolívar.
Garantiza:
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 1° al 6°
Regula, supervisa y controla:
 La obligatoriedad de la educación.
 La creación y funcionamiento de instituciones
educativas oficiales y privadas.
 La calidad de la infraestructura educativa oficial y
privada.
 El régimen de fijación de matrícula, monto,
incremento, aranceles y servicios.
 La idoneidad académica de los y las profesionales
de la docencia.
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 1° al 6°
Planifica, ejecuta, coordina políticas y programas:
 De formación orientados al desarrollo del ser
humano.
 Para la inserción productiva de egresados
universitarios.
 De desarrollo socio cognitivo integral.
 De actualización permanente del currículo nacional.
 De territorialización de la educación universitaria.
 De educación formal y no formal en materia
educativa cultural.
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 1° al 6°
Promueve, integra y facilita la participación social
 De las diferentes organizaciones sociales y
comunitarias.
 A través de relaciones de cooperación, solidaridad
y convivencia entre familias.
 De las familias, la escuela, las organizaciones
sociales y comunitarias en la defensa de los
derechos y en el cumplimiento de los deberes.
 En la defensa de la soberanía, la identidad
nacional e integridad territorial.
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 1° al 6°
Promueve la integración cultural y educativa regional y universal:
 En el intercambio de teorías y prácticas sociales,
artísticas, de conocimientos, experiencias, etc.
 Desde una concepción de la integración que
privilegia la relación geoestratégica con el mundo.
 En el reconocimiento y convalidación de títulos y
certificados académicos.
 Para la independencia y cooperación de la
investigación científica.
 En la creación de un nuevo orden comunicacional
para la educación.
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 7° al 12°
Artículo 7º: (Educación Laica). El estado mantendrá en
cualquier circunstancia su carácter laico en materia
educativa, preservando su independencia respecto a
todas las corrientes y organismos religiosos.
Artículo 8º: (Igualdad de género). El estado garantizará
la igualdad de condiciones y oportunidades para
ejercer el derecho a la educación integral y de calidad .
Artículo 9º: (Educación y medios de comunicación). Los
medios de comunicación social, como servicios públicos. Son
instrumentos esenciales para el desarrollo del proceso
educativo.
1. Los medios de comunicación social públicos y privados
en cualquiera de sus modalidades, están obligados a
conceder espacios que materialicen los fines de la
educación.
2. Orienten su programación de acuerdo con los
principios y valores educativos y culturales
establecidos en la Constitución de la República.
3. Los medios televisivos están obligados a incorporar
subtítulos y traducción a la lengua de señas para las
personas con discapacidad auditiva.
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 7° al 12°
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 7° al 12°
Artículo 10º: (Prohibición de incitación al odio). Se
prohíbe en todas las instituciones y centros educativos del
país, la publicación y divulgación de programas, mensajes,
publicidad, a través de medios impresos, audiovisuales que
inciten al odio, la inseguridad y la deformación del
lenguaje.
Artículo 11º: (Prohibición de mensajes contrarios a la
soberanía nacional). Se prohíbe en todas las instituciones
y centros educativos oficiales y privados, la difusión de
ideas y doctrinas contrarias a la soberanía nacional.
Artículo 12º: (Prohibiciones de propaganda partidista en las instituciones y centros
educativos). No está permitida la realización de actividades de proselitismo o
propaganda partidista en las instituciones y centros educativos del subsistema de
educación básica, por cualquier medio de difusión, sea oral, impreso, eléctrico,
radiofónico, telemático o audiovisual.
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 7° al 12°
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 13° al 18°
Principios De La Responsabilidad Social Y La Solidaridad
Artículo 13º: Son principios fundamentales y básicos de la
formación ciudadana de los y las estudiantes.
Culminado los estudios debe contribuir con el desarrollo
integral de la nación – Actividades Comunitarias.
Artículo 14º: Derecho Humano – deber social
fundamental, gratuita, integral, Laica, inclusiva y de
calidad. Permanente, continua e interactiva. Doctrinada en
nuestro Libertador Simón Bolívar y Simón Rodríguez.
Artículo 15º: Los fines de la educación:
Desarrollar potencial creativo de cada ser humano para
el pleno ejercicio de su personalidad y ciudadanía, con
valores de la identidad local, regional, nacional.
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 13° al 18°
Formar Ciudadanos (as) con conciencia de nacionalidad y soberanía, valores
patrios, tradiciones, espacios geográficos.
Fomentar el respeto a la dignidad de las personas, con valores éticos de
tolerancia, justicia, solidaridad, paz respeto a los derechos humanos y la no
discriminación.
Conciencia ecológica, preservación de la biodiversidad, condiciones
ambientales y el aprovechamiento racional.
Impulsar la integración latinoamericana y caribeña.
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 13° al 18°
Deporte Y Recreación
Artículo 16º: El estado atiende, estimula e impulsa el
desarrollo de la educación física, el deporte y la
recreación en el Sistema Educativo.
Corresponsables De La Educación
Artículo 17º: Las familias tienen el deber, el derecho y la
responsabilidad: Principios, valores, creencias, actitudes y
hábitos. Cultivar sentimientos.
Artículo 18º: Los consejos comunales, los pueblos,
comunidades indígenas y demás organizaciones sociales
de la comunidad con las mismas obligaciones que denota
esta ley.
Gestión
Escolar.
Articulo 19º:
El Estado, a través del órgano con
competencia en el subsistema en
educación básica, ejercerá la
orientación, la dirección estratégica
y la supervisión del proceso
educativo y estimula la participación
comunitaria, incorporando tanto los
colectivos internos de la escuela,
como a diversos actores comunitario.
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 19° al 22°
Comunidad Educativa
• Articulo 20. La comunidad educativa es un espacio
democrático, de carácter social comunitario,
organizado, participativo, cooperativo, protagónico y
solidario. Su actuación será según lo establecido en la
Constitución, leyes y demás normas que rigen el
Sistema Educativo.
¿ Quienes participan en la comunidad educativa?
• ¿ Como se rige la comunidad educativa?
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 19° al 22°
Organización del
Estudiantado
Articulo 21º:
• Consejos Estudiantiles
Articulo 22º:
• Participación y obligaciones de las
empresas públicas y privadas en la
educación (Pasantías).
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 19° al 22°
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos 37° y 38°
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 39° al 45°
Artículo 39º: Política de Formación Permanente, el Estado
diseña, dirige, administra la política de formación
permanente con el fin de lograr la formación integral y
fortalecer la familia y proporcionar la participación de las
Comunidades Organizadas.
Artículo 40º: Carrera Docente, Sistema integral de
ingreso, proporciona permanencia y egreso de quien lo
ejerce en instituciones oficiales y privados, en los niveles
desde inicial hasta medio para ingresar a la docencia se
debe poseer el titulo correspondiente otorgado por el
instituto de educación universitario.
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 39° al 45°
Artículo 41º: Estabilidad en el ejercicio de la Carrera
Docente, estabilidad tanto en el sector público como
privado (ampliación de los derechos de los docentes en el
sector privado).
Artículo 42º: Relaciones de trabajo y Jubilación, derecho
de jubilación con 25 años de servicio activos en la
educación con un monto de 100% del sueldo.
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 39° al 45°
Artículo 43º: Supervisión Educativa, el estado formula y
administra la política de supervisión educativa como un
proceso único, integral, holístico, social, humanista,
sistemático y metodológico, con la finalidad de orientar y
acompañar el proceso educativo, en el marco de la
integración escuela-familia-comunidad, la supervisión y
dirección serán parte integral de una gestión democrática
y participativa, asignada por el acompañamiento
pedagógico.
La Ley Orgánica de Educación
Análisis de Artículos del 39° al 45°
Artículo 44º: Evaluación Educativa, principios democráticos
y participación continua, integral, cooperativa, sistemática,
cuali-cuantitativa, diagnóstica, flexible, formativa y
acumulativa.
Artículo 45º: Evaluación Institucional, se realizaran
evaluaciones institucionales a través de las distintas
instancias locales, regionales, municipales y nacionales y
en los lapsos y periodos en las leyes específicas.

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  • 2. Presentación Introducción Análisis de los Artículos del 1° al 6° Agenda Análisis de los Artículos del 7° al 12° Análisis de los Artículos del 13° al 18° Análisis de los Artículos del 19° al 22° Análisis de los Artículos 37° y 38° Análisis de los Artículos del 39° al 45° Conclusiones
  • 3. La Ley Orgánica de Educación 1492 La LOE de 2009 consta de 50 artículos y es una ley marco, de principios y valores rectores que se desarrollarán con mayor precisión en leyes especiales. La LOE de 1980 consta de 144 artículos, es más extensa porque en ésta se determina la orientación, planificación y organización del sistema educativo y norma el funcionamiento de los servicios. Antecedentes Cronológicos Etapa Aborigen (1492-1545): La enseñanza es practicada desde la cotidianidad de la población en lo productivo y en lo religioso. Etapa Colonial (1546-1810): La enseñanza es practicada desde la fundación de los primeros colegios y universidades producto de la cultura europea. Etapa Emancipadora (1811- 1830): La enseñanza recibe los embates de las guerras de independencia, por lo cual para la primera mitad del siglo XIX se observa un estancamiento considerable Etapa Liberal (1831-1899): La enseñanza es practicada a partir de ideas liberales. En 1870 Guzmán Blanco concibe a la Educación como la piedra angular para el desarrollo del país. (En 1897 se promulga el código de educación) Etapa Renovación Educativa (1900-1939): La enseñanza se concibe como un derecho y un deber. El currículo es mejorado y por ende los planes y programas. Etapa Modernización (1940-2012): 1840: Reforma del código de educación y se promulga la primera Ley de Educación. 1948: Estructura dos ciclos de educación media. 1955: Reforma a la Ley (Marcos P.). 1980: Principios y líneas generales. 2009: Derechos, garantías y deberes. 1546 1830 1900 1940 2012
  • 4. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 1° al 6° Objeto de la Ley Artículo 1°: Desarrollar principios, valores rectores, derechos, garantías y deberes en educación que asume el estado como función indeclinable y de máximo interés. Ámbito de aplicación Artículo 2°: Se aplica a la sociedad, a las personas naturales y jurídicas, instituciones y centros educativos oficiales dependientes del Ejecutivo Nacional, Estadal y Municipal así como a las instituciones educativas privadas.
  • 5. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 1° al 6° Principios y valores rectores de la educación Artículo 3°: Establece los principios de la educación.  Democracia participativa y protagónica.  Responsabilidad social.  Igualdad entre ciudadanos y ciudadanas.  Formación para la independencia.  Libertad y emancipación.  Valoración de la Defensa y la soberanía.  Formación cultural para la paz.  Justicia Social.  Respeto a los derechos humanos.  Práctica de la equidad y la inclusión.  Sustentabilidad del desarrollo.  Derecho a la igualdad de género.  Fortalecimiento de identidad, lealtad e integración.
  • 6. Educación y Cultura La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 1° al 6° El Estado La Educación como proceso esencial Valores culturales de Venezolanidad Artículo 4°: Valora la educación como derecho humano y deber social fundamental orientada al desarrollo del potencial creativo de cada ser humano como eje principal en la creación, transmisión y reproducción de las diversas manifestaciones y valores culturales. Asume Promover, fortalecer y difundir
  • 7. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 1° al 6° El Estado Docente El Estado Docente es un concepto propuesto en su momento por Luis Beltrán Prieto Figueroa en el año 1948. Artículo 5°: Este artículo describe a el Estado Docente como: 1. La expresión rectora del Estado en Educación. • En las instituciones educativas del Estado y en las privadas autorizadas, garantiza la idoneidad de los trabajadores y trabajadoras, la infraestructura, la dotación y equipamiento, planes, programas y actividades. 2. El ente que se rige por los principios de integralidad, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad (con las familias, la comunidad educativa y las organizaciones comunitarias).
  • 8. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 1° al 6° Competencias del Estado Docente Artículo 6°: El Estado, a través de los órganos nacionales con competencia en materia educativa, ejercerá rectoría en el Sistema Educativo. Competencias del Estado Docente Garantiza Regula, supervisa y controla Planifica, ejecuta, coordina Promueve, integra y facilita la participación social Promueve la integración cultural y educativa regional y universal
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  • 11. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 1° al 6° Planifica, ejecuta, coordina políticas y programas:  De formación orientados al desarrollo del ser humano.  Para la inserción productiva de egresados universitarios.  De desarrollo socio cognitivo integral.  De actualización permanente del currículo nacional.  De territorialización de la educación universitaria.  De educación formal y no formal en materia educativa cultural.
  • 12. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 1° al 6° Promueve, integra y facilita la participación social  De las diferentes organizaciones sociales y comunitarias.  A través de relaciones de cooperación, solidaridad y convivencia entre familias.  De las familias, la escuela, las organizaciones sociales y comunitarias en la defensa de los derechos y en el cumplimiento de los deberes.  En la defensa de la soberanía, la identidad nacional e integridad territorial.
  • 13. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 1° al 6° Promueve la integración cultural y educativa regional y universal:  En el intercambio de teorías y prácticas sociales, artísticas, de conocimientos, experiencias, etc.  Desde una concepción de la integración que privilegia la relación geoestratégica con el mundo.  En el reconocimiento y convalidación de títulos y certificados académicos.  Para la independencia y cooperación de la investigación científica.  En la creación de un nuevo orden comunicacional para la educación.
  • 14. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 7° al 12° Artículo 7º: (Educación Laica). El estado mantendrá en cualquier circunstancia su carácter laico en materia educativa, preservando su independencia respecto a todas las corrientes y organismos religiosos. Artículo 8º: (Igualdad de género). El estado garantizará la igualdad de condiciones y oportunidades para ejercer el derecho a la educación integral y de calidad . Artículo 9º: (Educación y medios de comunicación). Los medios de comunicación social, como servicios públicos. Son instrumentos esenciales para el desarrollo del proceso educativo.
  • 15. 1. Los medios de comunicación social públicos y privados en cualquiera de sus modalidades, están obligados a conceder espacios que materialicen los fines de la educación. 2. Orienten su programación de acuerdo con los principios y valores educativos y culturales establecidos en la Constitución de la República. 3. Los medios televisivos están obligados a incorporar subtítulos y traducción a la lengua de señas para las personas con discapacidad auditiva. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 7° al 12°
  • 16. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 7° al 12° Artículo 10º: (Prohibición de incitación al odio). Se prohíbe en todas las instituciones y centros educativos del país, la publicación y divulgación de programas, mensajes, publicidad, a través de medios impresos, audiovisuales que inciten al odio, la inseguridad y la deformación del lenguaje. Artículo 11º: (Prohibición de mensajes contrarios a la soberanía nacional). Se prohíbe en todas las instituciones y centros educativos oficiales y privados, la difusión de ideas y doctrinas contrarias a la soberanía nacional.
  • 17. Artículo 12º: (Prohibiciones de propaganda partidista en las instituciones y centros educativos). No está permitida la realización de actividades de proselitismo o propaganda partidista en las instituciones y centros educativos del subsistema de educación básica, por cualquier medio de difusión, sea oral, impreso, eléctrico, radiofónico, telemático o audiovisual. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 7° al 12°
  • 18. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 13° al 18° Principios De La Responsabilidad Social Y La Solidaridad Artículo 13º: Son principios fundamentales y básicos de la formación ciudadana de los y las estudiantes. Culminado los estudios debe contribuir con el desarrollo integral de la nación – Actividades Comunitarias. Artículo 14º: Derecho Humano – deber social fundamental, gratuita, integral, Laica, inclusiva y de calidad. Permanente, continua e interactiva. Doctrinada en nuestro Libertador Simón Bolívar y Simón Rodríguez. Artículo 15º: Los fines de la educación: Desarrollar potencial creativo de cada ser humano para el pleno ejercicio de su personalidad y ciudadanía, con valores de la identidad local, regional, nacional.
  • 19. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 13° al 18° Formar Ciudadanos (as) con conciencia de nacionalidad y soberanía, valores patrios, tradiciones, espacios geográficos. Fomentar el respeto a la dignidad de las personas, con valores éticos de tolerancia, justicia, solidaridad, paz respeto a los derechos humanos y la no discriminación. Conciencia ecológica, preservación de la biodiversidad, condiciones ambientales y el aprovechamiento racional. Impulsar la integración latinoamericana y caribeña.
  • 20. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 13° al 18° Deporte Y Recreación Artículo 16º: El estado atiende, estimula e impulsa el desarrollo de la educación física, el deporte y la recreación en el Sistema Educativo. Corresponsables De La Educación Artículo 17º: Las familias tienen el deber, el derecho y la responsabilidad: Principios, valores, creencias, actitudes y hábitos. Cultivar sentimientos. Artículo 18º: Los consejos comunales, los pueblos, comunidades indígenas y demás organizaciones sociales de la comunidad con las mismas obligaciones que denota esta ley.
  • 21. Gestión Escolar. Articulo 19º: El Estado, a través del órgano con competencia en el subsistema en educación básica, ejercerá la orientación, la dirección estratégica y la supervisión del proceso educativo y estimula la participación comunitaria, incorporando tanto los colectivos internos de la escuela, como a diversos actores comunitario. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 19° al 22°
  • 22. Comunidad Educativa • Articulo 20. La comunidad educativa es un espacio democrático, de carácter social comunitario, organizado, participativo, cooperativo, protagónico y solidario. Su actuación será según lo establecido en la Constitución, leyes y demás normas que rigen el Sistema Educativo. ¿ Quienes participan en la comunidad educativa? • ¿ Como se rige la comunidad educativa? La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 19° al 22°
  • 23. Organización del Estudiantado Articulo 21º: • Consejos Estudiantiles Articulo 22º: • Participación y obligaciones de las empresas públicas y privadas en la educación (Pasantías). La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 19° al 22°
  • 24. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos 37° y 38°
  • 25. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 39° al 45° Artículo 39º: Política de Formación Permanente, el Estado diseña, dirige, administra la política de formación permanente con el fin de lograr la formación integral y fortalecer la familia y proporcionar la participación de las Comunidades Organizadas. Artículo 40º: Carrera Docente, Sistema integral de ingreso, proporciona permanencia y egreso de quien lo ejerce en instituciones oficiales y privados, en los niveles desde inicial hasta medio para ingresar a la docencia se debe poseer el titulo correspondiente otorgado por el instituto de educación universitario.
  • 26. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 39° al 45° Artículo 41º: Estabilidad en el ejercicio de la Carrera Docente, estabilidad tanto en el sector público como privado (ampliación de los derechos de los docentes en el sector privado). Artículo 42º: Relaciones de trabajo y Jubilación, derecho de jubilación con 25 años de servicio activos en la educación con un monto de 100% del sueldo.
  • 27. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 39° al 45° Artículo 43º: Supervisión Educativa, el estado formula y administra la política de supervisión educativa como un proceso único, integral, holístico, social, humanista, sistemático y metodológico, con la finalidad de orientar y acompañar el proceso educativo, en el marco de la integración escuela-familia-comunidad, la supervisión y dirección serán parte integral de una gestión democrática y participativa, asignada por el acompañamiento pedagógico.
  • 28. La Ley Orgánica de Educación Análisis de Artículos del 39° al 45° Artículo 44º: Evaluación Educativa, principios democráticos y participación continua, integral, cooperativa, sistemática, cuali-cuantitativa, diagnóstica, flexible, formativa y acumulativa. Artículo 45º: Evaluación Institucional, se realizaran evaluaciones institucionales a través de las distintas instancias locales, regionales, municipales y nacionales y en los lapsos y periodos en las leyes específicas.