Procedimiento de enmienda del Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA) para utilizarse con la Especificación Temporal para datos de registración de gTLD
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Procedimiento de la ICANN para enmiendas al Acuerdo entre Registro y Registrador (se utilizará únicamente con la Especificación Temporal para datos de registración de gTLD)
Según la Sección 6.3.2 de la Especificación Temporal para datos de registración de gTLD, la organización de la ICANN ha desarrollado el siguiente proceso para que los operadores de registro de gTLD presenten enmiendas a sus Acuerdos entre Registro y Registrador (RRA) para incluir el texto aprobado para la Especificación Temporal para datos de registración de gTLD. Este proceso está diseñado únicamente para operadores de registro que adopten el texto aprobado para la Especificación Temporal para datos de registración de gTLD.
NOTA: Para todas las demás Enmiendas al Acuerdo entre Registro y Registrador o cambios que no sean sustancialmente similares al formulario aprobado, se exige al registro que siga el Procedimiento de Enmiendas al Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA) existente y obtenga la aprobación de la ICANN.
Pasos a seguir por los operadores de registro para enmendar sus Acuerdos entre Registro y Registrador conforme a la Sección 6.3.2 de la Especificación Temporal para datos de registración de gTLD:
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El registro que solicite la enmienda debe proporcionar a la ICANN una nota de presentación [PDF, 34 KB] que acredite que el operador de registro está actualizando su Acuerdo entre Registro y Registrador solo para incorporar las disposiciones aprobadas incluidas en el modelo de Términos de Enmiendas al Acuerdo entre Registro y Registrador [PDF, 59 KB] junto con una versión LIMPIA y una CON CORRECCIONES del Acuerdo entre Registro y Registrador con la incorporación del texto aprobado de la Especificación Temporal para gTLD
El registro debe enviar la nota de presentación con la versión limpia y la versión con correcciones del Acuerdo entre Registro y Registrador a través del Portal de Servicios de Nombres creando un nuevo caso de Enmienda al Acuerdo entre Registro y Registrador. Para los registros que operan más de un (1) gTLD, el operador de registro debe identificar a qué TLD corresponde la versión enmendada del Acuerdo entre Registro y Registrador. Esto se puede proporcionar con la nota de presentación, como un anexo a dicha nota, o como un anexo al Acuerdo entre Registro y Registrador.
- La ICANN acusará recibo de la presentación a través del portal. Una vez que el operador de registro reciba la confirmación de la ICANN, el operador de registro puede enviar el Acuerdo entre Registro y Registrador enmendado a sus registradores. Si el Acuerdo entre Registro y Registrador está incorporado en el acuerdo de registro, la ICANN publicará la versión actualizada en el sitio web de acuerdos de registro.
Envíe un correo electrónico al Centro de Apoyo Global de la ICANN a globalsupport@icann.org con cualquier pregunta que pueda tener.
Nota de presentación de enmiendas al RRA para modificaciones a la Especificación Temporal [PDF, 34 KB]