Enmienda al Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA)
Tenga presente que la versión oficial de todos los contenidos y documentos traducidos es la versión en idioma inglés; las traducciones a otros idiomas son solo a título informativo.
Los operadores de registro deben notificar a la organización de la ICANN cualquier revisión de los Acuerdos entre Registro y Registrador (RRA), como se indica en la Sección 2.9(a) del Acuerdo Base de Registro de gTLD.
La organización de la ICANN ha diseñado un proceso basado en el Procedimiento de Enmienda al Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA) que permite a los operadores de registro notificar a la organización de la ICANN las enmiendas propuestas a los RRA. El proceso descrito a continuación incluye pautas sobre la documentación requerida y sobre cómo se procesarán las notificaciones.
La organización de la ICANN ha desarrollado un proceso aparte para que los operadores de registro presenten enmiendas a los RRA para incluir el texto aprobado para la Especificación Temporaria para los Datos de Registración de los gTLD (Términos Modelo). Las enmiendas que incorporan los Términos Modelo deben presentarse como una notificación aparte y seguirán un proceso simplificado de revisión y aprobación. Véase el Procedimiento de enmienda del Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA) que se utilizará con la Especificación Temporaria para los Datos de Registración de los gTLD para obtener más información.
Recursos
- Proceso de enmienda de Registro-Registrador: pautas de la organización de la ICANN para presentar una modificación del RRA (véase a continuación)
- Procedimiento de enmienda al Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA): como se menciona en el Acuerdo de Registro base
- Procedimiento de enmienda del Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA) que se utilizará con la Especificación Temporaria para los Datos de Registración de los gTLD
-
Propuestas publicadas y notas de presentación (agosto de 2021 – presente)
- (Retiradas) Propuestas publicadas y notas de presentación (julio de 2009 – julio de 2021) - retiradas después de actualizar el nombre de esta lista de correo electrónico para alinearlo con el procedimiento.
Procedimiento de enmienda al RRA
A continuación, se incluyen las instrucciones generales para presentar las solicitudes de enmiendas al RRA. Véase el Procedimiento de Enmienda al Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA) para obtener más información.
Aunque no es obligatorio, la organización de la ICANN recomienda que programe una llamada de consulta para revisar las enmiendas propuestas y abordar cualquier pregunta que tenga sobre el proceso. Para programar la consulta, abra un caso de Consulta General en el Portal de Servicios de Nombres.
-
Presentación de una solicitud de enmienda al RRA - Para iniciar este proceso, abra un caso de Enmienda al Acuerdo entre Registro y Registrador (RRA) a través del Portal de Servicios de Nombres. Se le solicitará que presente dos documentos a la organización de la ICANN para su revisión:
- Versión del RRA existente con los cambios propuestos resaltados.
- Carta de presentación en la que se describe el objetivo de los cambios propuestos.
Una vez presentados, la organización de la ICANN revisará sus documentos para comprobar que están completos.
- Determinación de la relevancia (duración prevista: 15 días naturales) - La organización de la ICANN determinará si los cambios solicitados son irrelevantes, potencialmente relevantes, y/o relevantes como se indica en la Sección 2.9 del Acuerdo de Registro. Si los cambios se consideran relevantes o potencialmente relevantes, la organización de la ICANN procederá a una revisión exhaustiva como se describe a continuación. Si los cambios se consideran irrelevantes, se omitirá la revisión exhaustiva y la organización de la ICANN le notificará los pasos finales del proceso.
- Revisión exhaustiva: Revisión y de la organización de la ICANN y del Grupo de Partes Interesadas de Registradores (duración prevista: normalmente no superará los 21 días) - Si los cambios propuestos son relevantes o potencialmente relevantes, la organización de la ICANN enviará la versión con los cambios propuestos resaltados en el RRA y la carta de presentación al Grupo de Partes Interesadas de Registradores (RrSG) para su revisión. La organización de la ICANN llevará a cabo su revisión interna en paralelo. Durante el período de revisión, si el RrSG o la organización de la ICANN plantean alguna inquietud, la organización de la ICANN organizará una consulta entre el operador de registro y el RrSG, si corresponde, para abordar y resolver las preocupaciones.
- Decisión final - La organización de la ICANN aprobará o rechazará los cambios propuestos. Si la organización de la ICANN aprueba los cambios propuestos, se prevé que el operador de registro solicitante envíe los RRA enmendados a los registradores. Si la organización de la ICANN rechaza los cambios propuestos, informará al operador de registro solicitante y explicará los motivos del rechazo.